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Trabajo · Gratificación de Navidad

Calcula tu gratificación de diciembre — cuánto te toca y hasta qué día

Calculado, y ya en papel.

Tu importe según las reglas de tu país, y un documento listo con él.

Respuesta corta. La gratificación de diciembre es una remuneración completa, o un sexto por cada mes calendario completo trabajado de julio a diciembre, con la remuneración vigente al 30 de noviembre (Ley 27735, art. 2; guía del MTPE). Se paga en la primera quincena de diciembre: hasta el 15 de diciembre de 2026 (art. 5).

Actualizado: · sobre la Ley 27735, la Ley 30334 (Congreso) y la guía del MTPE

Tu gratificación de diciembre — cuánto y hasta qué día

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  1. Revisa tu boleta de diciembre: la gratificación y la bonificación van aparte del sueldo.
  2. Si el 15 de diciembre no llegó, envía la carta de abajo y guarda el cargo de recepción.
  3. Sigue sin pagar: puedes presentar una denuncia ante la SUNAFIL.

Ley 27735 y guía del MTPE: una remuneración computable por el semestre julio–diciembre completo; si trabajaste menos, un sexto por cada mes calendario completo. Se paga en la primera quincena de diciembre. Ley 30334: no tiene aportes ni descuentos (salvo los de ley o autorizados) y se suma la bonificación extraordinaria igual al aporte a EsSalud: 9 % (6,75 % con EPS).

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Calcula tu gratificación de diciembre: first page

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Dime tu sueldo y desde cuándo trabajas: te digo cuánto es tu gratificación y hasta qué día deben pagarla.

Si el 15 de diciembre no llegó, la carta de abajo ya lleva tu cálculo.

Tres ejemplos con números

Todo el semestre, con EsSalud

  • Sueldo al 30 de noviembre: S/ 2,500
  • Meses completos de julio a diciembre: 6
  • Gratificación: S/ 2,500 ÷ 6 × 6 = S/ 2,500.00
  • Bonificación 9 %: S/ 2,500 × 0.09 = S/ 225.00

Recibes S/ 2,725.00

Entraste el 1 de septiembre, con EsSalud

  • Sueldo al 30 de noviembre: S/ 2,500
  • Meses completos: septiembre, octubre, noviembre y diciembre = 4
  • Gratificación: S/ 2,500 ÷ 6 × 4 = S/ 1,666.67
  • Bonificación 9 %: S/ 1,666.67 × 0.09 = S/ 150.00

Recibes S/ 1,816.67

Todo el semestre, con EPS

  • Sueldo al 30 de noviembre: S/ 3,200
  • Meses completos de julio a diciembre: 6
  • Gratificación: S/ 3,200 ÷ 6 × 6 = S/ 3,200.00
  • Bonificación 6,75 %: S/ 3,200 × 0.0675 = S/ 216.00

Recibes S/ 3,416.00

Diciembre cuenta como mes completo: la SUNAFIL presume que trabajarás todo diciembre, porque la gratificación se paga en la primera quincena. El mes en que entraste a mitad no cuenta. Por cada día no trabajado que no se considera laborado se descuenta 1/30 de un sexto: con S/ 2,500 son S/ 13.89 por día. Régimen general; si tu empleador es pequeña empresa del REMYPE, la gratificación es la mitad.

Cálculo y carta al empleador — texto completo

El mismo texto que el Word: completa, imprime dos copias y pide el cargo de recepción en la tuya.

Descargar Word (.docx) Gratis, sin registrarte. Word, Google Docs, LibreOffice.

Gratificación de diciembre 2026 — cálculo y carta

1. Cálculo

Trabajador(a)________________________
DNI________________________
Remuneración computable vigente al 30 de noviembre de 2026S/ ______________
Meses calendario completos trabajados de julio a diciembre______ de 6
Gratificación = remuneración × meses ÷ 6S/ ______________
Se paga hasta15 de diciembre de 2026

Además, el empleador abona como bonificación extraordinaria los aportes que ya no paga por la gratificación (Ley 30334, art. 3).

Ejemplo: S/ 2,400 de remuneración, trabajaste de agosto a diciembre (5 meses completos) — 2,400 × 5 ÷ 6 = S/ 2,000.


2. Carta

[Ciudad], [día] de [mes] de 2026

Señores
[Razón social del empleador]
Atención: Recursos Humanos
Presente.-

Asunto: Pago de la gratificación por Navidad 2026

De mi consideración:

Yo, [nombre completo], identificado(a) con DNI n.º [número], trabajador(a) de su empresa en el cargo de [cargo], solicito el pago de mi gratificación por Navidad 2026, por S/ ____________, según el cálculo adjunto y la Ley 27735, que dispone su pago en la primera quincena de diciembre.

Atentamente,

________________________
[Nombre completo]
DNI [número]

Cargo de recepción
Recibido por: ________________________
Fecha y hora: ________________

Plazos

Los plazos, con la fuente

QuéPlazoFuente
Cuántouna remuneración computable si trabajaste todo el semestre julio–diciembre; la base es la remuneración vigente al 30 de noviembreLey 27735; guía del MTPE
Si trabajaste menosun sexto de la remuneración por cada mes calendario completo del semestre; por cada día no laborado se descuenta un treintavo de ese sextoguía del MTPE
Pequeña empresa (REMYPE)media gratificaciónD. Leg. 1086
Cuándoen la primera quincena de diciembre: hasta el 15guía del MTPE
Qué cuentasueldo básico y todo lo que recibes regularmente cada mes; lo variable, si lo recibiste al menos en 3 meses del semestreguía del MTPE
Descuentosno tiene aportes ni descuentos, salvo los de ley o los que autoricesLey 30334, art. 1
Bonificación extraordinarialo que el empleador aportaría a EsSalud por la gratificación: 9 % (6,75 % si tienes EPS)Ley 30334, art. 3; guía del MTPE
Si dejas el trabajogratificación trunca por meses completos (necesitas al menos un mes calendario completo en el semestre), con tus beneficios sociales dentro de las 48 horasLey 27735, art. 7; guía del MTPE

Textos de la Ley 30334 (Congreso de la República) y guía «Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad en el régimen laboral general de la actividad privada» del Ministerio de Trabajo. Este cálculo es para el régimen general.

Paso a paso

Qué hacer, en orden

  1. 1

    Calcula

    Remuneración al 30 de noviembre × meses completos del semestre ÷ 6 (menos 1/30 de un sexto por cada día no laborado; la mitad si es pequeña empresa del REMYPE). Súmale la bonificación del 9 %, o 6,75 % si estás en una EPS.

  2. 2

    Revisa tu boleta

    La gratificación va aparte del sueldo de diciembre.

  3. 3

    Espera al 15 de diciembre

    Es el último día de pago.

  4. 4

    Pide por escrito

    Si no llegó, envía la carta de abajo con tu cálculo y guarda el cargo.

  5. 5

    Si sigue sin pago

    Puedes presentar una denuncia ante la SUNAFIL.

Preguntas

¿Cuánto es la gratificación de diciembre?

Un sueldo completo (remuneración computable vigente al 30 de noviembre) si trabajaste todo el semestre de julio a diciembre; si no, un sexto por cada mes calendario completo. En una pequeña empresa inscrita en el REMYPE es la mitad (D. Leg. 1086).

¿Hasta cuándo deben pagarla?

En la primera quincena de diciembre, es decir, hasta el 15.

¿Qué es la bonificación extraordinaria?

Es el aporte a EsSalud que el empleador haría sobre la gratificación, pagado a ti: 9 %, o 6,75 % si estás en una EPS (Ley 30334).

¿Y si trabajo en una pequeña empresa?

Si tu empleador está inscrito en el REMYPE como pequeña empresa, la gratificación es media remuneración por semestre (D. Leg. 1086). En el cálculo elige «Pequeña empresa».

¿Diciembre cuenta como mes trabajado?

Sí. La gratificación se paga en la primera quincena de diciembre, así que la SUNAFIL presume que trabajarás todo el mes. Si entraste el 1 de septiembre, cuentan septiembre, octubre, noviembre y diciembre: 4 meses.

¿Qué hago si no me pagan hasta el 15 de diciembre?

Pide el pago por escrito con tu cálculo (la carta de esta página ya lo lleva) y guarda el cargo. Si no paga, denuncia a la empresa ante la SUNAFIL en gob.pe: no pagar la gratificación íntegra y a tiempo es infracción grave (D.S. 019-2006-TR, art. 24.4).

Fuentes oficiales

Otros documentos

Todas las plantillas: Perú →

Sus papeles en un solo lugar

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