Carta de renuncia voluntaria — con lo que pides en tu finiquito
Lista, no en blanco.
La carta está escrita y ya pide tu finiquito. Llena nombre, puesto y fechas.
Respuesta corta. Para renunciar, entrega una carta con tu último día y guarda una copia firmada de recibido. Al salir te toca la parte proporcional del aguinaldo (LFT, art. 87) y de las vacaciones (art. 79) con su prima de al menos 25 % (art. 80). Con 15 años o más, también la prima de antigüedad de 12 días por año (art. 162). El finiquito va por escrito, con cada concepto, y no puede hacerte renunciar a lo ya ganado (art. 33). La carta está abajo.
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[NOMBRE DE LA EMPRESA] At'n: [NOMBRE DE QUIEN RECIBE O ÁREA DE RECURSOS HUMANOS]
Asunto: Renuncia voluntaria
Yo, [TU NOMBRE COMPLETO], con el puesto de [PUESTO] desde el [FECHA DE INGRESO], presento mi renuncia voluntaria a mi empleo. Mi último día de trabajo será el [FECHA].
Pido que en mi finiquito, por escrito y con el detalle de cada concepto, se incluyan:
salarios pendientes al [FECHA];
la parte proporcional del aguinaldo del año;
las vacaciones no disfrutadas, o su parte proporcional, con su prima vacacional;
[SI TIENES 15 AÑOS O MÁS EN LA EMPRESA:] la prima de antigüedad;
[OTRAS PRESTACIONES DE TU CONTRATO, SI LAS HAY].
Pido también la constancia escrita de mis servicios.
Les pido firmar de recibido la copia que conservo.
Atentamente,
[TU NOMBRE COMPLETO] Firma: ____________________
Recibido el ___/___/______ por: ____________________ (nombre y firma)
Para mí: antes de firmar el finiquito
☐ Imprimí dos copias y guardé la mía con firma y fecha de recibido
☐ Aguinaldo proporcional al tiempo trabajado en el año (LFT, art. 87)
☐ Vacaciones del periodo en proporción al tiempo trabajado (LFT, art. 79) y prima vacacional de al menos 25 % (LFT, art. 80)
☐ Prima de antigüedad: 12 días de salario por año, si tengo 15 años o más (LFT, art. 162)
☐ El finiquito está por escrito y dice cada concepto; si dice que renuncio a salarios o prestaciones ya ganados, esa parte es nula (LFT, art. 33)
☐ Constancia de servicios: el patrón la entrega en 3 días si me separo (LFT, art. 132, fr. VIII)
Plazos
Los plazos, con la fuente
Qué
Plazo
Fuente
Aguinaldo
parte proporcional al tiempo trabajado en el año, aunque ya no trabajes ahí en diciembre
LFT, art. 87
Vacaciones
si sales antes de cumplir el año, se pagan en proporción al tiempo trabajado
LFT, art. 79
Prima vacacional
no menos de 25 % sobre el salario de las vacaciones
LFT, art. 80
Prima de antigüedad
12 días de salario por año, si te separas voluntariamente con 15 años o más
LFT, art. 162, fr. I y III
Finiquito
por escrito y con el detalle de los derechos; es nula la renuncia a salarios y prestaciones ya ganados
LFT, art. 33
Constancia de servicios
el patrón la expide dentro de 3 días a quien se separa de la empresa
LFT, art. 132, fr. VIII
Tu contrato o el contrato colectivo pueden darte más prestaciones: agrégalas en la carta. Si la empresa te pidió renunciar, no es una renuncia voluntaria: revisa la página de finiquito y liquidación.
Paso a paso
Qué hacer, en orden
1
Llena los datos
Nombre, puesto, fecha de ingreso y último día.
2
Revisa la lista
Borra lo que no te aplica.
3
Imprime dos copias
Una se queda en la empresa.
4
Pide el recibido
Nombre, firma y fecha en tu copia.
5
Pide la constancia
La ley da 3 días al patrón.
6
Revisa el finiquito
Concepto por concepto, antes de firmar.
Preguntas
¿Qué me pagan si renuncio voluntariamente?
Salarios pendientes, aguinaldo proporcional (art. 87), vacaciones proporcionales (art. 79) con prima vacacional de al menos 25 % (art. 80). Con 15 años o más, también la prima de antigüedad (art. 162).
¿Me toca prima de antigüedad si renuncio?
Solo si tienes 15 años de servicios o más (art. 162, fr. III): 12 días de salario por cada año.
¿Qué debe decir el finiquito?
Debe ir por escrito y detallar los derechos que paga. Si incluye renunciar a salarios o prestaciones ya ganados, esa parte es nula (art. 33).
¿Me tienen que dar constancia de trabajo?
Sí. Al separarte, el patrón expide una constancia escrita de tus servicios dentro de 3 días (art. 132, fr. VIII).
¿Por qué guardar una copia firmada?
Porque prueba que la renuncia fue tuya y en qué fecha. Sin ella, es tu palabra contra la de la empresa.
Escritos, comprobantes y acuses en una carpeta que puede compartir con su familia o su abogado. Las plantillas y el editor son gratis; Layers es gratis hasta 20 personas.
Es un modelo de carta e información general, no asesoría legal. Tu contrato o el contrato colectivo pueden darte más derechos.
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