Factura de luz · Reglamento de la Ley 125-01
Le llegó alta la factura de la luz — reclamación lista y los plazos para que le respondan
Respuesta corta. La reclamación ya está abierta abajo: copie los datos de su factura y de las tres anteriores, imprímala y preséntela a su distribuidora. Respuesta por escrito: La distribuidora debe responder por escrito todos los reclamos y entregarle el comprobante de la reclamación, lo pida o no (Reglamento LGE, arts. 445 y 447 (Decreto 494-07)).
- Si no requiere visita al medidor (oficina no automatizada): respuesta en 5 días laborables: escriba la fecha
- Si requiere visita al medidor: respuesta en 10 días laborables: escriba la fecha
Días hábiles: lunes a viernes; no se descuentan los días festivos. Revise su caso.
Las reclamaciones comerciales (facturación) se resuelven en no más de 24 horas en oficinas automatizadas, 5 días laborables en oficinas no automatizadas y 10 días laborables si requieren visitas a la instalación, contados desde la recepción (Reglamento de la Ley General de Electricidad, art. 447, modificado por el Decreto 494-07). Si la distribuidora no cumple o usted no está satisfecho, puede reclamar ante PROTECOM con la prueba de la primera instancia (art. 448). Contamos de lunes a viernes sin restar feriados.
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Lida, asistente de plantillas de Layers
Páseme los montos de sus últimas cuatro facturas y le calculo el promedio que debe abonar.
Guarde el número de reclamación: sin él, Protecom no puede recibir su caso.
Lida es un personaje ilustrado, no una abogada.
Plazos
Los plazos, con la fuente
| Qué | Plazo | Fuente |
|---|---|---|
| Respuesta por escrito | La distribuidora debe responder por escrito todos los reclamos y entregarle el comprobante de la reclamación, lo pida o no | Reglamento LGE, arts. 445 y 447 (Decreto 494-07) |
| Plazo de la distribuidora (facturación) | 24 horas (oficina automatizada); 5 días laborables (no automatizada); 10 días laborables si requiere visitas | Reglamento LGE, art. 447, A-1 y A-2 |
| Para que no le corten | Pague como abono del mes el promedio de sus tres últimas facturas pagadas, sin incluir la reclamada; sin historial, el 33 % | Reglamento LGE, art. 446 |
| Si gana la reclamación | La distribuidora acredita en la factura siguiente lo cobrado en exceso, con los costos financieros | Reglamento LGE, art. 446, párrafo II |
| Compensación por cobro de más | Si aplicó tarifas superiores o facturó sumas mayores por causas que le son imputables: compensación de diez veces lo percibido de más | Reglamento LGE, art. 469 |
| Segunda instancia: PROTECOM | Solo con prueba de la reclamación ante la distribuidora; PROTECOM decide en 10 días laborables (sin visita) o 20 (con visita) | Reglamento LGE, art. 448 |
| Plazo para reclamar | 6 meses desde el hecho que origina la reclamación | Reglamento LGE, art. 445, párrafo |
Texto: Decreto 494-07, que modifica el Reglamento para la Aplicación de la Ley General de Electricidad 125-01, publicado por la Superintendencia de Electricidad. Si quiere comparar su consumo, PROTECOM tiene una calculadora en línea.
Paso a paso
Qué hacer, en orden
1
Junte cuatro facturas
La reclamada y las tres anteriores pagadas, con sus comprobantes de pago.
2
Fotografíe el medidor
Con la fecha visible: sirve para comparar con la lectura de la factura.
3
Llene la reclamación
Calcule el promedio de las tres facturas anteriores y escriba el motivo.
4
Preséntela y pida el comprobante
En la oficina comercial, por carta con acuse de recibo, por teléfono (anote número, fecha y operador) o en línea.
5
Pague el promedio
Abone el promedio de las tres últimas facturas para que no se suspenda el servicio.
6
Si no le responden o no está de acuerdo
Lleve el comprobante a PROTECOM y presente la reclamación en segunda instancia.
Preguntas
¿Tengo que pagar la factura completa mientras reclamo?
No. Para evitar la suspensión, abone como pago del mes el promedio de sus tres últimas facturas pagadas, sin incluir la reclamada (Reglamento, art. 446). Si no gana, paga la diferencia con los costos financieros.
¿Puedo ir directo a Protecom?
No. PROTECOM no recibe la reclamación si no presenta la prueba de que reclamó primero a la distribuidora (Reglamento, art. 448). Por eso guarde el comprobante o el número de reclamación.
¿Hasta cuándo puedo reclamar una factura vieja?
La reclamación ante la distribuidora prescribe a los 6 meses desde el hecho que la origina (Reglamento, art. 445).
Fuentes oficiales
Otros documentos
Sus papeles en un solo lugar
Escritos, comprobantes y acuses en una carpeta que puede compartir con su familia o su abogado. Las plantillas y el editor son gratis; Layers es gratis hasta 20 personas.
Este es un documento listo y un cálculo de plazos, no una consulta legal.