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Prestaciones · Código del Trabajo · Lempiras

Cálculo de prestaciones laborales Honduras — por despido o por renuncia, concepto por concepto

Respuesta corta. Escribí tu salario promedio, tus fechas y el motivo de salida: ves el preaviso, la cesantía, las vacaciones y los décimos proporcionales según el Código del Trabajo, con una solicitud de pago lista para entregar. Preaviso: 24 horas (menos de 3 meses), 1 semana (3 a 6), 2 semanas (6 a 12), 1 mes (1 a 2 años), 2 meses (más de 2 años); si el patrono no lo da, paga ese salario (Código del Trabajo, arts. 116 y 118).

 

  • Entregá la solicitud de pago con tu cálculo — una sugerenciaescriba la fecha
  • Si no hay respuesta, pedí el cálculo oficial en la Secretaría de Trabajo — una sugerenciaescriba la fecha

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Son recordatorios, no plazos de la ley.

Cálculo de prestaciones laborales Honduras: first page

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Prestaciones · Código del Trabajo · Lempiras

Tus prestaciones — preaviso, cesantía, vacaciones y décimos, concepto por concepto

Escribí tu salario promedio de los últimos 6 meses, tus fechas y el motivo. Ves cada prestación con su artículo del Código del Trabajo, el total, un Excel con el cálculo y la solicitud de pago. Sin registrarte.

  1. Compará con el cálculo de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social; probá con y sin los décimos en el salario base.
  2. Entregá la solicitud de pago en dos copias y pedí la constancia de trabajo del artículo 125.
  3. No firmés un finiquito por menos de lo que te corresponde sin revisarlo.

Del Código del Trabajo: preaviso de 24 horas a 2 meses (art. 116) o su valor (art. 118); cesantía de 10 días, 20 días o un mes por año con tope de 25 meses (art. 120); 35 % con renuncia y 15 años o más (art. 120 g); promedio de los últimos 6 meses (art. 123 b); vacaciones (arts. 346 y 349). No aplica el tope de 15 meses de microempresas (art. 120-A): revisalo. No es asesoría legal.

Lida, asistente de plantillas de Layers

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Decime tu salario, tus fechas y si te despidieron o renunciaste: te muestro cada prestación y el total.

La solicitud de pago de abajo ya lleva tu cálculo.

Plazos

Los plazos, con la fuente

QuéPlazoFuente
Preaviso24 horas (menos de 3 meses), 1 semana (3 a 6), 2 semanas (6 a 12), 1 mes (1 a 2 años), 2 meses (más de 2 años); si el patrono no lo da, paga ese salarioCódigo del Trabajo, arts. 116 y 118
Cesantía por despido10 días (3 a 6 meses), 20 días (6 a 12 meses), un mes por año y proporcional; tope de 25 mesesCódigo del Trabajo, art. 120
Cesantía por renunciacon 15 años o más de servicio, el 35 % de la cesantía; no en microempresas de hasta 10 empleadosCódigo del Trabajo, arts. 120 g) y 120-A
Salario baseel promedio de los salarios de los últimos 6 meses; el décimo cuarto integra el salario para todos los efectos legalesArt. 123 b); Reglamento del Décimo Cuarto, art. 5
Vacaciones10, 12, 15 y 20 días tras 1, 2, 3 y 4 años; las ganadas se pagan siempre, las proporcionales si la causa es del patronoCódigo del Trabajo, arts. 346 y 349
Constanciaal terminar el contrato, el patrono da gratis una constancia con fechas, trabajo y salarioCódigo del Trabajo, art. 125

Por defecto la calculadora suma la parte de los dos décimos al salario base (× 14 ÷ 12), como hace la práctica de la Secretaría de Trabajo; podés quitarlo. En microempresas el tope de cesantía es de 15 meses (art. 120-A). Sin cesantía si quedás cubierto por una jubilación o pensión de igual o mayor valor (art. 120 f).

Paso a paso

Qué hacer, en orden

  1. 1

    Juntá tus papeles

    Contrato, boletas de los últimos 6 meses y la carta de despido o renuncia.

  2. 2

    Mirá cada concepto

    Preaviso, cesantía, vacaciones y décimos proporcionales.

  3. 3

    Pedilo por escrito

    Entregá la solicitud de pago con el detalle del cálculo.

Preguntas

¿Cómo se calculan las prestaciones en Honduras?

Con el promedio de salarios de los últimos 6 meses (art. 123): preaviso según el tiempo de servicio (art. 116), cesantía de un mes por año con tope de 25 meses (art. 120), vacaciones (arts. 346 y 349) y los décimos proporcionales.

¿Cuánto me toca si renuncio?

Los décimos proporcionales, las vacaciones ganadas y los salarios pendientes. Cesantía, solo con 15 años o más: el 35 % (art. 120 g), salvo en microempresas (art. 120-A). Además debés dar el preaviso o pagar la mitad de su valor (art. 118).

¿Cuál es el tope de la cesantía?

25 meses de salario (art. 120 d), y 15 meses en microempresas de hasta 10 empleados (art. 120-A).

¿Se suman el treceavo y el catorceavo al salario?

La calculadora lo hace por defecto (× 14 ÷ 12), porque el Reglamento dice que el décimo cuarto integra el salario para todos los efectos legales. Podés cambiarlo y comparar con el cálculo de la Secretaría de Trabajo.

¿Es gratis? ¿Tengo que registrarme?

Es gratis y no necesitás registrarte: llenás los datos, ves el resultado y descargás. Con una cuenta gratuita podés guardar una copia en tu Layers.

Fuentes oficiales

Otros documentos

Sus papeles en un solo lugar

Escritos, comprobantes y acuses en una carpeta que puede compartir con su familia o su abogado. Las plantillas y el editor son gratis; Layers es gratis hasta 20 personas.

Es un cálculo, no asesoría legal. El cálculo oficial lo hace la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social; un juez decide si hay conflicto.