Trabajo · Aguinaldo
Calculá tu aguinaldo — cuántos días te tocan y hasta cuándo te lo pagan
Respuesta corta. Este año el aguinaldo se paga entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre, en un solo pago. Quién: todo trabajador: el patrono debe dar una prima en concepto de aguinaldo por cada año de trabajo (Código de Trabajo, art. 196).
- Si no llegó: entregá la solicitud por escrito — una sugerencia, al día siguienteescriba la fecha
- Revisá la respuesta de tu patrono — una sugerencia de seguimientoescriba la fecha
Revise su caso.
Son pasos de planificación, no plazos de la ley. La ley fija el pago entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre (Código de Trabajo, art. 200).
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Aguinaldo 2026 · El Salvador
Tu aguinaldo — cuántos días te tocan y hasta qué fecha
Tu salario y desde cuándo trabajás con el mismo patrono. Ves los días que te corresponden (15, 19 o 21), el monto y la fecha límite del 20 de diciembre; abajo está la solicitud lista.
¿Querés un aviso el 20 de diciembre para revisar que te pagaron? Te escribimos por correo ese día.
El archivo de calendario funciona sin cuenta. El aviso por correo necesita una cuenta gratuita para saber a dónde enviarlo.- Revisá la fecha que fijó tu patrono: puede pagar entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre, en un solo pago.
- Si el 20 de diciembre no llegó, entregá la solicitud de abajo y guardá copia firmada de recibido.
- Si te despiden sin causa legal o renunciás antes del 12 de diciembre, pedí que el finiquito incluya el aguinaldo proporcional (art. 202; D.L. 592, art. 9).
Código de Trabajo (con reformas de los D.L. 433/2025 y 669/2026): art. 198 — 15 días de salario con 1 a menos de 3 años, 19 con 3 a menos de 10, 21 con 10 o más; art. 197 — proporcional si al 12 de diciembre no hay un año; art. 200 — pago entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre, en un único pago. Salario diario: mensual ÷ 30 si no escribís otro. Proporcional: días del período ÷ días del año (13 de diciembre a 12 de diciembre). Sin descuentos.
Lida, asistente de plantillas de Layers
Decime tu salario y desde cuándo trabajás: te digo si te tocan 15, 19 o 21 días y cuánto es.
Si el 20 de diciembre no llegó, la solicitud de abajo ya lleva tu cálculo.
Plazos
Los plazos, con la fuente
| Qué | Plazo | Fuente |
|---|---|---|
| Quién | todo trabajador: el patrono debe dar una prima en concepto de aguinaldo por cada año de trabajo | Código de Trabajo, art. 196 |
| Cuánto | 15 días de salario con 1 a menos de 3 años; 19 días con 3 a menos de 10; 21 días con 10 o más | Código de Trabajo, art. 198 |
| Menos de un año | si al 12 de diciembre no tenés un año con el mismo patrono, te toca la parte proporcional al tiempo trabajado | Código de Trabajo, art. 197 |
| Cuándo | entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre; el patrono fija la fecha; un único pago | Código de Trabajo, art. 200 (ref. D.L. 669/2026) |
| Fecha de referencia | el 12 de diciembre, para el aguinaldo completo y la escala de días; si renuevan el contrato cada año, cuenta la fecha original | Código de Trabajo, art. 200 |
| Salario que se toma | el salario básico a la fecha de pago, si es por unidad de tiempo; si es de otra forma, el promedio de los 6 meses anteriores | Código de Trabajo, art. 199 |
| Si te despiden antes | si el contrato termina antes del 12 de diciembre con responsabilidad para el patrono o sin causa legal: parte proporcional; con despido justificado, no | Código de Trabajo, art. 202 |
| Si renunciás | aguinaldo completo o proporcional, según corresponda, además de la prestación por renuncia | Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia Voluntaria (D.L. 592), art. 9 |
| No se pierde | ni por razones disciplinarias ni por faltas injustificadas | Código de Trabajo, art. 201 |
Texto del Código de Trabajo con las reformas de los D.L. 433 (15.10.2025) y 669 (23.09.2026, Diario Oficial N.º 177 del 24.09.2026), publicado por la Corte Suprema de Justicia. El salario diario se toma como mensual ÷ 30 si no escribís otro, y el proporcional por días del año: es un cálculo, revisalo con tu recibo.
Paso a paso
Qué hacer, en orden
1
Calculá
Salario diario × 15, 19 o 21 días según tus años al 12 de diciembre.
2
Revisá la fecha
Tu patrono elige el día entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre.
3
Si no llegó
El 21 de diciembre entregá la solicitud de abajo con tu cálculo.
4
Guardá la copia
Que te firmen o sellen de recibido.
5
Si salís antes del 12
Si te despiden sin causa legal o renunciás, pedí que el finiquito incluya el aguinaldo proporcional (art. 202; D.L. 592, art. 9).
Preguntas
¿Cuántos días de aguinaldo me tocan?
Con 1 a menos de 3 años, 15 días de salario; con 3 a menos de 10, 19 días; con 10 o más, 21 días (art. 198). Se cuentan los años al 12 de diciembre.
¿Hasta cuándo deben pagar el aguinaldo?
Entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre, en un único pago; el patrono fija la fecha (art. 200).
¿Me toca aguinaldo si no tengo un año?
Sí, la parte proporcional al tiempo trabajado hasta el 12 de diciembre (art. 197).
¿Me toca aguinaldo si renuncio o me despiden antes del 12 de diciembre?
Si renunciás, sí: completo o proporcional según corresponda (D.L. 592, art. 9). Si te despiden sin causa legal o por causa del patrono, la parte proporcional (art. 202). Con despido con causa justificada, el art. 202 no da la parte proporcional.
Fuentes oficiales
Sus papeles en un solo lugar
Escritos, comprobantes y acuses en una carpeta que puede compartir con su familia o su abogado. Las plantillas y el editor son gratis; Layers es gratis hasta 20 personas.
Es un cálculo y una solicitud listos, no un asesoramiento legal. No se calculan descuentos.